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“LA PRISIÓN PERPETUA TENDRÍA LA POSIBILIDAD DE UN BENEFICIO DE LIBERTAD A LOS 35 AÑOS”
CASO FERNANDO BÁEZ SOSA

“LA PRISIÓN PERPETUA TENDRÍA LA POSIBILIDAD DE UN BENEFICIO DE LIBERTAD A LOS 35 AÑOS”

Por leonardo cermele / 7 de February, 2023
El abogado penalista, Hugo López Carribero explicó la pena a los rugbiers condenados y precisó que en julio de 2017 se modificó el artículo 14 del Código Penal.
En contacto con Todo Este Ruido por Radio Provincia, el abogado penalista analizó la condena de cadena perpetua en el caso de Fernando Báez Sosa y explicó que “en julio de 2017 se modificó el artículo 14 del Código Penal, quedó establecido que no se otorgará la libertad condicional a las personas condenadas con prisión perpetua”.



En este sentido, López Carribero agregó que “algunos jueces tomaron ese artículo y dijeron que era anticonstitucional, porque entienden que la pena es para sociabilizar y no castigar al delincuente. Señalaron que había que poner un término de 35 años”.

Y agregó que “en el mejor de los casos, una prisión perpetua dictada hoy, tendría eventualmente la posibilidad de un beneficio de libertad a los 35 años de prisión. La Ley Penal no es exacta”.

No obstante, aclaró que “para salir en libertad debe pasar no sólo esos años, sino también determinados filtros como no ser peligroso, no ser agresivo o que se haya resocializado como persona”.

Finalmente sobre los tres condenados a 15 de prisión señaló que para los jueces “prestaron una colaboración en el hecho y no fueron homicidas”.