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SE PODRÁ QUITAR LA PAUTA OFICIAL A QUIENES PROMUEVAN LA DISCRIMINACIÓN
REGULACIÓN Y MEDIOS DE COMUNICACIÓN

SE PODRÁ QUITAR LA PAUTA OFICIAL A QUIENES PROMUEVAN LA DISCRIMINACIÓN

Por Laura rodríguez / 17 de March, 2023
Se trata de un mecanismo que está orientado a la protección de las audiencias que tiene su origen en los artículos 70 y 71 de la LSCA



El 10 de marzo se publicó en el boletín oficial la modificación de la Resolución 24716, sancionada durante la gestión de Mauricio Macri por la cual se establecieron los criterios para la distribución de la pauta publicitaria oficial.

Los nuevos criterios conservan la pertinencia del mensaje, el alcance y zona geográfica pero se crea un nuevo punto específico para promover el federalismo y  otro para los medios sin fines de lucro. Y también se establece la obligatoriedad  del cumplimiento de los artículos 70 y 71 de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual para quienes se postulen como proveedores del Estado y se dispone que el incumplimiento de los mismos habilita a que el Estado nacional decida no pautar por esos medios.

En No Corras, por FM 97 Une, Agustín Espada, doctor en Ciencias Sociales y director de la Maestría en Industrias Culturales UNQ explicó que “los artículos 70 y 71 lo que hacen es proteger a las audiencias de la programación en medios de comunicación de mensajes discriminatorios o que promuevan acciones en contra de su propia salud o de la integridad social en su conjunto”. Y advirtió que en el plano del derecho estos artículos están muy bien, son muy saludables, razonables; pero no sé hasta qué punto se puedan usar donde resultaría muy interesante usarlo que es en la discusión política”.

Seguido señaló que “el organismo encargado de controlar el cumplimiento de estos artículos será el ENACOM y cuando existan sanciones, la Secretaría de Comunicación va a poder optar por sacar la publicidad oficial”.

Sin embargo, el especialista aclaró que si bien “todos los principios de libertad de expresión reconocen que para exista libertad de expresión debe haber límites, es decir que no se puede decir cualquier cosa en cualquier lugar” “es muy complejo aplicar sanciones sobre contenidos porque hay cuestiones que pueden ser subjetivas, cuestionables y discutibles”.

Por lo tanto, nombró como ejemplos claros a “los discursos de odio, o los que atentan contra la salud pública” y advirtió que “como la aplicación de los principios de libertad de expresión son bastante complejos, el ENACOM no ha emitido muchas sanciones por incumplimiento de estos artículos”.

Espada, atribuyó esta circunstancia a “la complejidad de generar marcos regulatorios sobre la producción social de sentidos, porque tiene la capacidad de ser escurridizo a lo objetivo”. Y aseguró que esto está directamente relacionado con “dónde ponemos los límites  en función de resguardar la libertad de expresión, porque eso no está escrito en la Ley”.

Por lo que concluyó: “Saludo que se abra la discusión pero me parece que si sólo nos quedamos en una Resolución la cosa va a ser una cañita voladora”.

“Y esto tiene que ver con una especie de tradición de la política y de la discusión política donde hay algunos cuerdos que no se buscan ni se quieren construir” y volviendo a la publicidad oficial aseguró “a nadie le gusta regular la publicidad oficial porque a todos, cuando llegan, les gusta manejarla a discreción. Y todo este planteo termina quedando en lo simbólico, aunque esperemos que no”, cerró.