El presidente de la Nación, Alberto Fernández autorizó por decreto que los médicos veterinarios puedan prescribir productos del vademécum humano para el tratamiento de enfermedades excepcionales o crónicas para las cuales esa industria no tiene tratamiento propio.
En La Mecha, por Radio Provincia, Rodolfo Acerbi, vicepresidente del Senasa detalló que tras la sanción de esta norma, “lo que puede hacer un médico veterinario es recetar un producto desarrollado para el tratamiento de enfermedades de humanos y aplicarlo exclusivamente a mascotas”.
Seguido, el profesional aclaró que en el caso de los veterinarios, también “puede tener en su consultorios privados un producto perteneciente al vademécum humano para brindar tratamiento endovenosos, por ejemplo, oncológico a un animal de compañía pero siempre dirigido y bajo supervisión veterinaria”.
Y resaltó que la norma de ningún modo permite que las veterinarias pongan estos medicamentos “en su góndola. Y al revés, tampoco puede haber un antiparasitario de perro en una góndola de una farmacia. Cada uno debe vender los productos para los que está autorizado”.
Asimismo Acerbi explicó: “Históricamente las mascotas o animales de compañía sufren patologías, como las oncológicas cuyo tratamiento no cuentan con recursos veterinarios que pudieran sostener o aliviar el dolor del animal y muchos veterinarios debían atravesar muchas complicaciones para recurrir al vademécum humano ya que no podía prescribirlos directamente”.
Sin embargo, con esta decisión el presidente corrige un decreto de 1967 que “excluía al médico veterinario de tal posibilidad y a partir de hoy lo puede hacer. El farmacéutico puede recibir esa receta y entregar el medicamento. Pero, por fuera de todo sistema de mutuales”.
“Acá no hay una competencia desleal con el ámbito veterinario porque el habitante de la Argentina va a pagar mucho más caro ese producto, porque no lo tiene mutualizado y lo tiene que pagar como privado. Pero le da a su mascota la posibilidad del tratamiento necesario”, cerró.