El especialista constitucionalista expresó que“la reforma de la Provincia de Jujuy es ambigua y contradictoria, incorpora el derecho a la paz social y la convivencia pacífica, el Estado provincial debe regular y proteger”. Aunque agregó que “en un inciso dela ley establece que no se pueden cortar las rutas”.
En este sentido, comentó: “Esto le da un valor absoluto a la libertad de circulación en el derecho a la protesta y engloba a la liberta de expresión y el derecho a no ser discriminado”.
Y su vez, indicó que “en otro inciso la ley debe responder a los estándares que emergen de los tratados internacionales que señalan todo lo contrario. Que el derecho a la protesta siempre que sea pacifica es la regla, y puede ser el corte de ruta o calles. Es una misma norma hay posturas contradictorias”.
Gil Domínguez planteó que “las interpretaciones de los órganos internacionales tienen jerarquía constitucional, por eso esas expresiones tienen fuerza e importancia jurídica".