El Procurador del Tesoro, Sebastián Amerio, hizo la presentación ante la Cámara de Apelaciones y luego pasará a la Corte Suprema. El pedido es de carácter suspensivo, pero hasta que no se lo conceda, el Ejecutivo tiene la obligación de empezar a transferir los fondos.
Al respecto, el abogado constitucionalista Andrés Gil Dominguez, explicó en “El Repaso”, por Radio Provincia, que el per saltum “es un recurso disponible que el gobierno está utilizando para dilatar el cumplimiento de la ley de Financiamiento Universitario y para lograr levantar la medida cautelar que se dictó sobre varios artículos de la ley de Modernización Laboral, que son violatorios de la Constitución y los tratados de derechos laborales porque son regresivos”.
Además, aclaró que para que el “per saltum” sea procedente “tiene que existir una sentencia dictada por un juez federal y acá quien dictó la cautelar es un juez laboral y la materia es laboral, no federal, con lo cual es totalmente improcedente en razón de la materia y la competencia”.
En esa línea el letrado advirtió que “el gobierno sabe que es así, a menos que esta Corte Suprema de Justicia pierda el poco prestigio que le quede, lo admita y suspenda los efectos de la medida cautelas y eso sería un escándalo”. “O sea que tendría que rechazarlo o ni siquiera tratarlo” -manifestó Gil Domínguez.
Al respecto aclaró que “si la Corte no lo trata, la medida cautelar sigue vigente”.