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PREPAGAS REHUSAN BRINDAR TRATAMIENTOS A PERSONAS TRANS
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PREPAGAS REHUSAN BRINDAR TRATAMIENTOS A PERSONAS TRANS

Por rocío coda / 16 de June, 2021
Flavia Massenzio, presidenta de la Federación Argentina LGBT, explicó por qué exigen copagos diferenciales.
Flavia Massenzio, presidenta de la Federación Argentina LGBT y coordinadora de la Defensoría LGBT de la Ciudad de Buenos Aires habló con "Es por Ahí" FM 97.UNE sobre las prepagas que se niegan a brindar tratamientos a personas trans.




Massenzio destacó que "es arbitrario y discriminatorio" puesto que los tratamientos e intervenciones están contemplados por ley en el llamado Programa Médico Obligatorio. 

Explicó que "el artículo 11 de la ley N° 26743 Ley de identidad de género, consagra las prestaciones de salud integral a las personas trans". 

En ese sentido, dijo que "toda obra social y las prepagas" es decir "el sistema de medicina privada, en sus planes más básicos, tiene que garantizar la cobertura de salud integral a las personas trans".

Massenzio destacó que “las prepagas ofrecen cartillas de planes, donde tiene que estar incluida esta prestación, no hace falta que pagues un servicio” diferencial.

No obstante, “las personas trans recurren a un montón de espacios” para tener que “firmar formularios, y declaraciones juradas, para afiliarte a este servicio”.

Ocurre que en Argentina, "siempre hubo resistencia al cumplimiento de esta legislación para ofrecer todas las coberturas integrales a las personas trans".

 Massenzio explicó que la Defensoría LGBT en la ciudad de Buenos Aires, atiende cuestiones de todo el país" y "ofrecemos desde el espacio, las notas, los modelos de cartas documentos, hacemos las gestiones con la Defensoría del Pueblo de la ciudad de Buenos Aires y desde ahí podemos mandar oficio y exigir el cumplimiento de la norma". 

En los casos donde "no se cumple iniciamos acciones de amparo de salud en la Justicia" resaltó. 

En este caso, “la ley argentina lo deja muy en claro: ser una persona trans, no es tener una patología, no hay una enfermedad preexisitente” y subrayó que "algunas personas se han remitido a la Justicia “por discriminación”.

Por último, volvió a mencionar que “la ley de identidad de género es super clara: no hay una patología" y en ese ese sentido, resaltó que "la ley de Salud Mental del 2010, en el artículo 3 prohíbe que se realicen diagnósticos basados en orientación sexual o identidad de género de las personas". 

Massenzio reconoció que "es ilegal que se considere a una persona trans como una persona con patologías".